Los libros contables del autónomo

Los autónomos han de llevar a cabo la configuración de una serie de libros de contabilidad. Es por ello que deben contar con un libro diario, un libro de ventas e ingresos y de compras y gastos, así como con un libro de registro de las facturas expedidas.

  • LIBRO DIARIO: En él se registran todos los días las operaciones relacionadas con la actividad de la empresa, y las cantidades totales de las operaciones llevadas a cabo en periodos superiores al trimestre.
  • LIBROS DE REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS, Y DE COMPRAS Y GASTOS: Contienen aquellos bienes de inversión y provisión de fondos suplidos llevados a cabo durante un periodo de tiempo determinado. Son de carácter obligatorio para aquellos contribuyentes que declaren el IRPF.
  • LIBRO DE REGISTRO DE FACTURAS: Es obligatorio para los autónomos que hayan de presentar el IVA.

¿Cómo deben ser elaborados estos libros? Con claridad y por orden de fechas, sin dejar espacios en blanco, tachaduras o interpolaciones.

¿Es usted autónomo? Entonces debe saber que también tendrá la obligación de conservar estos libros y su correspondiente documentación y justificantes, durante un periodo mínimo de seis años a partir del último ejercicio realizado. De hecho, el cese de su actividad como autónomo no le eximirá de responsabilidad, y en el caso de fallecer, será transmitida a sus herederos.

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