RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS EMPRESAS

Como seguramente ya conozca, las personas físicas son responsables penalmente de sus actos. Esto significa que pueden ser condenadas por los delitos que hayan cometido.
Sin embargo puede surgir la duda de si esta misma regla se aplica a las empresas. La respuesta es sí: las personas jurídicas son también responsables penalmente de sus actos.

Pero lo cierto es que esta situación no siempre ha existido en España. fue la reforma del Código Penal, en 2015, la que introdujo esta novedad.
Algunos ejemplos de delitos por los que pueden ser condenadas las empresas son los siguientes:

  • Estafas;
  • Daños informáticos;
  • Blanqueo de capitales;
  • Delitos contra los derechos de los trabajadores;
  • Etc.

¿Qué puede sucederle a una empresa que es condenada penalmente?

Es cierto que las consecuencias no son exactamente las mismas que en el caso de las personas físicas, pues no se puede imponer una pena de prisión a una empresa como tal. Sin embargo, existen otras consecuencias.
Así por ejemplo, se podrán suspender las actividades de la persona jurídica durante un plazo de hasta 5 años. También se le podrá inhabilitar del recibimiento de subvenciones o ayudas públicas.
En última instancia,a la sociedad puede quedar disuelta, desapareciendo así del tráfico jurídico.

Evidentemente las propias empresas quieren evitar esta situación. Para ello han buscado algunas soluciones: una de ellas es la implantación de un sistema de compliance. El compliance es un programa de creado voluntariamente por la empresa, en el cual se recogen las directrices legales que todos los empleados deben cumplir. Se podría decir que son unas normas autoimpuestas, destinadas precisamente a evitar que la empresa cometa un delito y sea declarada responsable por él.

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